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Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC)
 

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC) son métodos diferentes al juicio tradicional para resolver conflictos entre dos o más partes, de forma más rápida, económica, confidencial y voluntaria. Estos mecanismos promueven el diálogo, el acuerdo y la participación activa de las partes para llegar a una solución sin necesidad de que un juez imponga una sentencia.
 
La Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (Ley MASC) surge como consecuencia de una reforma constitucional (art. 17 y 73) impulsada en 2017. Busca armonizar en todo el país los métodos legales para resolver conflictos de forma ágil, confidencial y más económica que un juicio tradicional.
 
Entre los conflictos que se pueden atender se cuentan, por ejemplo, alimentos, custodia y convivencia de menores de edad, divorcio por mutuo consentimiento, divorcio administrativo, arrendamientos, reconocimiento de adeudo, promesas de compra venta, entre otros.

Ventajas de los MASC

  • Más rápidos y económicos que un juicio.
  • Mayor control de las partes sobre el proceso y la solución..
  • Favorecen relaciones a largo plazo (útiles en negocios, familia, etc.)..
  • Son confidenciales..
  • Reducen la carga de trabajo del sistema judicial..

Mecanismos previstos por la Ley

La ley reconoce cinco mecanismos principales (enunciativos, no limitativos) aplicables tanto en el ámbito federal como local, incluyendo justicia administrativa y en ciertos casos penales y fiscales:

  1. Negociación: Las partes resuelven el conflicto mediante diálogo, sin intermediarios.
  2. Negociación colaborativa: Con asesoría de abogados colaborativos y, si es necesario, apoyo de terceros.
  3. Mediación: Un facilitador imparcial ayuda a las partes a encontrar una solución voluntaria. Puede haber más de un mediador (comediación).
  4. Conciliación: Similar a la mediación, pero con participación activa del facilitador.
  5. Arbitraje: Las partes acuerdan someter su disputa a un tercero (árbitro) quien emite un laudo vinculante conforme a normativa federal e internacional.

Quiénes pueden intervenir

  • Los procesos deben ser aplicados por personas facilitadoras certificadas o abogadas/os colaborativas/os acreditadas/os por el poder judicial federal o estatal, o por tribunales administrativos.
  • Existen centros públicos y privados de MASC, así como un Consejo Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que regula y coordina los servicios. En Jalisco a través del Instituto de justicia Alternativa.
  • También se crea una Plataforma Nacional de Personas Facilitadoras y un Sistema Nacional de Información de Convenios para registrar acuerdos generados